Si la crimen no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis primaveras, en el caso del artículo 405; de seis a nueve primaveras, en el caso del https://thebookmarklist.com/story18411049/una-revisi%C3%B3n-de-reato-insider-trading