El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 años para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama. Activar o desactivar las cookies Activado Desactivado ¡Por cortesía, activa primero las cookies estrictamente https://lukasphzqg.bligblogging.com/36441833/la-mejor-parte-de-demanda-laboral-ordinaria-de-primera-instancia